Beneficio para las pymes del nuevo régimen impositivo /

En este trabajo vamos a tratar el tema de Nuevo Régimen de Promoción Impositiva para pymes con sus beneficios. Por tal motivo abordaremos la ley tributaria 27.264 (Programa de Recuperación Productiva) y la ley 27.430 (Reforma Tributaria). Donde empezamos aclarando : ¿qué es una pyme?, ¿quiénes puede...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Universidad Nacional de General San Martín. Escuela de Economía y Negocios
Otros Autores: Bionti, Marcelo Alfredo, Sánchez, Sebastián Gabriel, Suarez, Gustavo Fabián, Scherz, Jorge Marcelo (tutor)
Formato: Tesis eBook
Idioma:Español
Publicado: 2018
Colección:Trabajos finales de grado. Contador Público.
Materias:
Acceso en línea:https://ri.unsam.edu.ar/handle/123456789/531
Descripción
Sumario:En este trabajo vamos a tratar el tema de Nuevo Régimen de Promoción Impositiva para pymes con sus beneficios. Por tal motivo abordaremos la ley tributaria 27.264 (Programa de Recuperación Productiva) y la ley 27.430 (Reforma Tributaria). Donde empezamos aclarando : ¿qué es una pyme?, ¿quiénes pueden registrarse?, los requisitos y los beneficios impositivos sobre el IVA, Impuesto de Ganancia Mínima Presunta, fomento para inversores, las microempresas de comercio, planes de pagos y embargos y la cancelación de una deuda para evitar una intimación. A partir de la sanción de la Reforma de la Ley 27.430 el 27 de diciembre de 2017, las Sociedades de Capital quedan beneficiadas por una reducción del 5 por ciento en la alícuota del Impuesto a las Ganancias, quedando así esta tasa en un 30 por ciento para los ejercicios comprendidos entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2019 y para los iniciados a partir del 1 de enero de 2020 la misma disminuirá al 25 por ciento. Esto ocurrirá en la medida en que no exista distribución de resultados o dividendos por parte de estas. En el caso de producirse la distribución de resultados o dividendos, sus beneficiarios quedarán sujetos a la tasa del 7 por ciento (para ejercicios comprendidos entre 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2019) o del 13 por ciento (para los iniciados a partir del 1 de enero de 2020) de imposición del Impuesto a las Ganancias. De esta manera, aquella sociedad que distribuye el resultado, en definitiva, el Impuesto integrado no deja de ser inferior al 35 por ciento.
Descripción Física:67 p. : grafs. ; 30 cm.
Trabajo disponible en formato digital en el Repositorio Institucional UNSAM.
Bibliografía:Incluye referencias bibliográficas (p. 59).