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LEADER |
03103ntm a2200301 a 4500 |
003 |
AR-SmUSM |
005 |
20230922120818.0 |
008 |
220428s2005 ag da|||||||||||| 0 spa d |
040 |
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|a AR-SmUSM
|b spa
|c AR-SmUSM
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043 |
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|a a-cc
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099 |
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|a T.ESEYN
|b Grado 2005-39
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100 |
1 |
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|a Ronsisvalli, Marcelo Carlos
|9 87011
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245 |
1 |
3 |
|a El antidumping y China :
|b el antidumping como posible herramienta de defensa comercial frente a los importaciones chinas /
|c Ronsisvalli, Marcelo Carlos ; tutora Rico, Daniela.
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260 |
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|c 2005
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300 |
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|a 98 p. :
|b grafs., il. ;
|c 30 cm.
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490 |
1 |
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|a Trabajos finales de grado. Licenciatura en Administración y Gestión Empresarial
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502 |
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|a Trabajo final (licenciatura)--Universidad Nacional de San Martín, 2005.
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504 |
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|a Incluye referencias bibliográficas (p. 95).
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520 |
3 |
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|a El constante incremento de las importaciones provenientes de China a precios bajos, es la principal causa que inquieta a los industriales argentinos y de otros países. En el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Acuerdo Antidumping constituyó una de las más importantes herramientas utilizadas para preservar ramas de la industria sensibles para el desarrollo del aparato productivo nacional. El manejo de esta problemática, los efectos de las medidas tomadas y, aunque en menor medida, los desafíos del futuro, constituyen el objeto del presente estudio, todos ellos en el contexto de la consideración de China como perteneciente o no a la economía de mercado. La investigación, establecida en corte diacrónico, se basa principalmente en el estudio de marcos legales, documentación institucional y bibliografía. El autor por otra parte, posee una cercanía al tema a causa de su involucramiento laboral en una entidad del estado argentino relacionada con el mismo. Este hecho la da una perspectiva de proximidad "participante" para el estudio del problema. El principal hallazgo es que la aplicación de medidas antidumping fue efectiva para proteger ramas de producción de la industria argentina afectadas por operaciones de importación originadas de China, mientras se consideró que la de China era una "economía no orientada al mercado". Al no poder en la actualidad utilizar el Acuerdo Antidumping para frenar las mencionadas importaciones, posiblemente en un futuro sean aplicadas medidas de salvaguardia en relación a productos específicos chinos que causen o amenacen causar una desorganización del mercado.
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650 |
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7 |
|a Política arancelaria.
|2 unescot
|9 30935
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650 |
|
7 |
|a Competencia económica.
|2 unescot
|9 11484
|
651 |
|
7 |
|a China
|2 unescot
|9 6209
|
700 |
1 |
|
|a Rico, Daniela,
|e tutora
|9 86603
|
710 |
2 |
|
|a Universidad Nacional de General San Martín.
|b Escuela de Economía y Negocios.
|9 23755
|
830 |
|
0 |
|a Trabajos finales de grado.
|p Licenciatura en Administración y Gestión Empresarial.
|9 86569
|
942 |
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|
|c TESIS
|
952 |
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|0 0
|1 0
|2 ddc
|4 0
|6 T__ESEYN_GRADO_200539
|7 1
|8 TE
|9 94951
|a EEyN
|b EEyN
|d 2022-05-05
|e UNSAM
|o T.ESEYN Grado 2005-39
|p 00392 TEYN
|r 2022-05-05 00:00:00
|w 2022-05-05
|y TESIS
|i 00392 TEYN
|
999 |
|
|
|c 64871
|d 64871
|